Se dispone la obligatoriedad de inscripción de todas las Divisiones Inferiores (4ta. a Pre10ma.) y de las Categorías Infantiles (2001 a 2006) para todas las instituciones afiliadas que intervienen en las competencias de 1ra. División “A”, “B” y “C”.
Esta disposición en lo referente a Divisiones Infantiles, será obligatoria para todas las Instituciones incluso las que tengan registrada su Sede fuera del Municipio de Rosario o registren su afiliación por primera vez o re-afiliación en la Asociación Rosarina de Fútbol, aclarando que no podrán participar en torneos organizados por ligas independientes.
El Comité Ejecutivo estará facultado para modificar parcialmente esta disposición en aquellos casos de Instituciones que tengan registrada su sede fuera del Municipio de Rosario y que el interés deportivo de las competencias de la Asociación lo justifiquen.
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